Los papeles que sí tienes que guardar según la OCU
• Durante 2 años: Los seguros de daños, como el seguro del automóvil o de multirriesgo del hogar debes guardarlos durante dos años.
• 4 años: Impuestos y cotización. Conserva las pruebas del pago de los impuestos domiciliados como el IBI o el Impuesto de Vehículos. También debes guardar las pruebas de las cotizaciones a la Seguridad Social, si eres autónomo. Y las declaraciones de la renta.
• 5 años: Suministros y alquileres. Los recibos del agua, la electricidad, el gas o el teléfono hay que conservarlos cinco años. Lo mismo sucede con los recibos del pago de un alquiler.
• 15 años: Préstamos y alquileres. Eso se refiere a los recibos del pago de un préstamos personal y los de sus tarjetas de crédito. Y unos 20 años los recibos de la hipoteca.