En España, la elección del nombre de un hijo es una decisión importante para cualquier familia, pero existen regulaciones que limitan ciertas opciones que seguramente desconozcas.

Para empezar, debes saber que el artículo 50 de la Ley del Registro Civil establece como derecho que todas las personas tengan un nombre propio y que se debe  inscribir al recién nacido en el Registro Civil en un plazo máximo de 8 días naturales tras su nacimiento. 

Aunque no existe un listado de nombres prohibidos, El Registro Civil español establece una serie de leyes  para regular los nombres que están prohibidos. En cualquier caso, esta normativa busca garantizar que los nombres elegidos no puedan resultar ofensivos, confusos o perjudiciales para los menores en su vida cotidiana y se eviten confusiones o problemas de identificación. A continuación, te contamos los nombres que no puedes poner a tu hijo/a en España. ¿Quieres saber cuáles son?

Nombres de niña griegos
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¿Qué nombres no puedes poner a tu hijo en España?

Según la ley del Registro Civil está prohibido imponer a cualquier nacido nombres que puedan atentar contra su dignidad o que tengan alguna connotación negativa. Por ejemplo, nombres como Hitler, Caín, Judas, Stalin, Osama Bin Laden o Loco están prohibidos. 

Nombres de niños prohibidos en España

Nombres prohibidos

No se permiten nombres que puedan tener connotaciones negativas o puedan atentar contra la dignidad del niño/a. También están prohibidos nombres como Loco. En resumen, cualquier nombre que puede resultar ofensivo, denigrante o que puedan resultar ser un prejuicio para el niño/a están totalmente prohibidos. 

Nombres iguales entre hermanos/as

 Según el artículo 51 de la ley del Registro Civil está prohíbo poner el mismo nombre entre hermanos/as, incluso aunque esté traducido a otra lengua, para evitar cualquier tipo de confusión.  “No puede imponerse al nacido nombre que ostente uno de sus hermanos, a no ser que hubiera fallecido, así como tampoco su traducción usual a otra lengua”. 

Nombres de niños prohibidos en España

Nombres de niños prohibidos en España. 

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Nombres que correspondan a apellidos

No se pueden usar apellidos como nombres de pila, a menos que el apellido también sea un nombre común. La Ley de Registro Civil no permite poner a un recién nacido un apellido. García, Fernández, Martínez, López….

Nombres compuestos por más de dos elementos

 No se permite registrar nombres que estén formados por más de dos nombres simples o más de uno compuesto. Por ejemplo, un nombre como "María del Carmen de los Ángeles" no sería aceptado, pero "María del Carmen" sí.

Nombres de marcas

Aunque en España no es una práctica muy común, en otros países de América del Sur sí que suele ser más común usar nombres de marcas. En España, la ley de Registro Civil no admite registrar nombres de marcas a recién nacidos. 

Nombres completos de famosos

Siguiendo en la misma línea tampoco se permiten nombres completos de famosos. Por ejemplo, el Registro Civil no aceptará nombres completos de famosos como Belén Esteban o Lionel Messi. Aun así, si el apellido de uno de los progenitores coincide con el de una figura célebre y se desea utilizar únicamente el nombre de pila, en ese caso sí que sería permitido. 

Nombres diminutivos o acrónimos

Queda prohibido poner nombres diminutivos como Manolita, Juanita o Pepito. Tampoco se aceptan nombres formados por abreviaturas o siglas como TIC, ONU u ovni. 

Otros casos de nombres prohibidos en España

El Registro Civil no admite inscribir bebés con nombres de frutas. Esto incluye cualquier nombre que sea directamente identificable como una fruta. La normativa busca proteger a los menores de posibles burlas o dificultades en el futuro. Por lo tanto, a pesar de la creciente tendencia hacia nombres únicos y originales, el Registro Civil mantiene esta restricción para garantizar el bienestar del niño/a.